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29 de octubre

 

Consejo Nacional de la Producción (CNP)

 

 

El Consejo Nacional de Producción (CNP) es una institución creada durante la Junta Fundadora de la Segunda República, presidida por José Figueres Ferrer. Se estableció bajo la Ley N° 160, del  10 de setiembre de 1948. Tiene como objetivo transformar integralmente las actividades productivas del sector agropecuario en procura de su modernización y verticalización, para darle la eficiencia y competitividad que requiere el desarrollo económico de Costa Rica.

 

Historia

 

Los antecedentes a la creación del CNP se inician a  principios  de la década de los 40, a raíz de los efectos de la Segunda Guerra Mundial en el aprovisionamiento de alimentos, Costa Rica toma las medidas necesarias a fin de contrarrestar esos efectos y es así como en 1943 crea la Junta Nacional de Abasto y por Ley N° 26 del 6 de noviembre de ese año, se crea el fondo para la compra de arroz, frijoles, maíz y papas. La ejecución de esta ley se dio por un periodo de cinco años al Banco Nacional de Costa Rica y se ordena a ese Banco crear una sección dedicada exclusivamente a los fines establecidos en esa Ley, es así como el Banco Nacional crea la Sección de Fomento de la Producción Agrícola.

 

Un año después,  se modifican los alcances de esa ley y se crea una comisión integrada por tres miembros, la que denomina Consejo Nacional de Producción y será la que defina las directrices de la Sección de Fomento, tomando en consideración los planes sociales establecidos. Las acciones de la comisión se fortalecen y en es así como la Junta de la Segunda República por decreto ley N° 160 de 1948, organiza el Consejo Nacional de Crédito y Producción y le da la potestad de coordinar las actividades de ministerios y bancos encaminadas a intensificar y perfeccionar la producción agrícola e industrial.

 

Las acciones y atribuciones del consejo se amplían y a  partir del primero de agosto de 1956, mediante ley N° 2035 se crea el Consejo Nacional de Producción como  un Instituto Autónomo del Estado. Esta ley le confiere la finalidad del fomento de la producción agrícola e industrial y la estabilización de los precios de los artículos requeridos para la alimentación de los habitantes del país, así como los de las materias primas que requiera la industria nacional.

 

Las acciones realizadas a través de la historia y las modificaciones de su ley orgánica le han permitido adaptarse a los constantes cambios, consolidándose esta institución como rectora del mercadeo agropecuario, la calidad  y el desarrollo agroindustrial, desempeñando actividades tendientes a la maximización de la eficiencia y la transparencia de los procesos de comercialización, impulsando el desarrollo de mercados competitivos facilitando el acceso a la información, vigilando la coyuntura externa en productos considerados como estratégicos, modernizando las Ferias del Agricultor y otros proceso de comercialización al mayoreo.

 

A partir de enero de 1998, mediante la ley N° 7742, "Creación del Programa de Reconversión Productiva del Sector Agropecuario", se realiza una modificación integral de la ley del CNP y se le responsabiliza de la elaboración y desarrollo del Programa de Reconversión Productiva Agropecuario, con el fin de inducir la transformación productiva nacional y permitir la inserción eficiente en los diferentes mercados.

 

A partir de esas responsabilidades y atribuciones dadas por ley, en resumen hoy sus acciones están orientadas a fungir como un ente facilitador en beneficio del pequeño y mediano productor y productora agrícola y agroindustrial. Dentro de sus principales acciones  está promoviendo la capacitación técnica y gerencial y se brinda servicios de certificación de calidad que faciliten el acceso de los productos a los mercados internacionales.

 

Vigila constantemente la situación del mercado interno y externo, estableciendo los mecanismos necesarios para garantizar la disponibilidad alimentaria nacional. Además, vela por el abastecimiento oportuno en situaciones de emergencia nacional. Se atiende en forma ágil y oportuna el abastecimiento de productos agrícolas y agroindustriales de los programas y proyectos de instituciones del Estado, con el propósito de disminuir sus costos de operación y permitir al agricultor tener acceso a ese mercado.

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